NUEVA SUBVENCIÓN

PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

EN ANDALUCÍA

La Junta de Andalucía aprueba una subvención para autónomos y empresas por las contrataciones indefinidas realizadas a personas desempleadas en el momento del contrato.

Abarca contrataciones para jornada completa y parcial a partir de media jornada y para contrataciones celebradas desde el 1 de abril hasta el 18 de noviembre o hasta acabar con los fondos.

Actualización BOJA 14/11/2022: Se amplía el plazo para contratar y/o para presentar la solicitud hasta el día 2 de diciembre del 2022.

 

Aquí te explicamos todos los requisitos y cómo proceder a solicitarla.

 

 ¿En qué consiste esta nueva subvención?

Las ayudas consisten en la concesión de subvenciones destinadas a nuevas contrataciones que supongan un incremento de sus plantillas realizadas entre el 1 de abril y el 18 de noviembre de 2022 o finalización del crédito presupuestario.

Las subvenciones son en concurrencia no competitiva y por fondos separados por provincias, lo que significa que las ayudas se concederán en orden a los solicitantes que primero la pidan, hasta agotar fondos.

La pueden solicitar tanto personas trabajadoras autónomas, empresas privadas con cualquier forma jurídica, entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades privadas sin personalidad jurídica. Las contrataciones tendrán que realizarse a cuentas de cotización a la Seguridad Social en Andalucía.

La línea de subvenciones contempla la contratación laboral con carácter indefinido o fijo discontinuo de personas desempleadas, es decir, inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo el día anterior al inicio de su actividad laboral, estuvieran cobrando, o no, alguna prestación.

Actualización BOJA 14/11/2022: Se suprime el requisito de que el trabajador estuviera o esté inscrito como demandante de empleo en el momento del alta.

 

¿A cuánto ascienden las subvenciones?

La contratación es válida tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior al 50% de la jornada completa. Las ayudas oscilan desde los 3.500 euros por cada contrato indefinido a jornada completa hasta los 6.600 euros en función del tipo de contrato y el colectivo al que pertenezca la persona desempleada:

  • Demandantes de empleo en general: 3.500 €
  • Demandantes de empleo de 45 o más años: 4.500 €
  • Demandantes de empleo de los grupos de cotización I a IV de la Seguridad Social: 5.000€
  • Demandantes de empleo jóvenes hasta 30 años: 5.000 €
  • Demandantes de empleo jóvenes de los grupos de cotización I a IV de la Seguridad Social: 5.500 €

 

Las cantidades se incrementarán en todos los casos en un 10% adicional acumulable si la persona contratada es mujer o si cuenta con una discapacidad reconocida que suponga mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo. 

Si la contratación indefinida se realiza a jornada parcial o como fijo discontinuo a jornada completa, el importe será del 50% de los supuestos anteriores. Si la contratación como fijo discontinuo es a jornada parcial, la subvención será del 25%.

 

¿Qué requisitos necesito cumplir?

La contratación debe suponer un incremento neto de la plantilla fija de la persona o entidad empleadora, tomando como referencia el periodo de los tres meses anteriores. Esto implica que, si la contratación viene a su vez junto a algún despido, no supondrá un incremento de la plantilla y por tanto quedaría fuera de la subvención.

Las contrataciones no valdrán en caso de contratación del cónyuge y familiares, padres, hijos y hermanos ni tampoco a personas que en el año anterior hayan cesado en un contrato indefinido para la empresa o en empresas del mismo grupo, lo que si valdría para personas contratadas con contratos temporales anteriores.

La concesión implica la obligación de mantener la contratación por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos, y en caso de cese de la relación laboral por causas no imputables a la persona o entidad solicitante con anterioridad el periodo establecido en la subvención, ésta deberá completarse con una sustitución por el tiempo restante contemplado en la contratación inicial

 

¿Cómo se solicita la subvención?

La subvención se solicita y tramita totalmente de forma telemática por lo que se necesita tener un certificado digital instalado y tardarán un máximo de 3 meses en resolver las solicitudes. Las solicitudes se presentan en el siguiente enlace:

https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/?rpa=25089

Es importante tener un código registral del contrato generado a través de la plataforma digital del SEPE denominada CONTRAT@ e indicar con precisión los datos de la contratación.

 

En caso de duda, ponemos a tu servicio a nuestros asesores especialistas en tramitación de subvenciones públicas que te ayudarán a solicitar la subvención.

 

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